El Gobierno aprueba el proyecto de ley para la venta de
servicios financieros por Internet
21
de julio de 2006
El Consejo de Ministros aprobó hoy el proyecto de Ley sobre
comercialización a distancia de servicios financieros, con el objetivo de
aumentar la protección que reciben los consumidores y completar la trasposición
a la normativa española de la directiva comunitaria que regula este asunto. La
nueva ley obligará a las empresas que operen a distancia a enviar a sus clientes
por escrito o en algún otro soporte duradero toda la información relativa al
producto o servicio que vayan a adquirir al menos tres días antes de formalizar
la compra.
Además, los consumidores que adquieran uno de estos productos
o servicios por medios telemáticos tendrán 14 días para desistir de la compra,
sin necesidad de dar explicaciones y sin penalización alguna, plazo que se
amplía a 30 días naturales en el caso de los contratos de seguros de vida. Sin
embargo, no podrán dar marcha atrás en su decisión cuando se trate de productos
cuyo precio dependa de las fluctuaciones de los mercados financieros que el
proveedor no pueda controlar, como las acciones, divisas, o fondos de inversión,
entre otros.
Asimismo, el proyecto de ley permite al consumidor exigir que
se anulen de forma inmediata los cargos fraudulentos o indebidos realizados a su
tarjeta de crédito. Además, el vendedor y el comprador podrán someter cualquier
conflicto que surja entre ellos al arbitraje de consumo, para lo que tendrán que
adherirse al Sistema arbitral de consumo o a otros métodos de resolución
judicial de conflictos que estén incluidos en la lista pública de la Comisión
Europea.
De esta forma se completa la incorporación a la normativa
española de la directiva de la Unión Europea que regula este tema, la
2002/65/CE, que ya había sido traspuesta parcialmente mediante la ley 4/2003 de
4 de noviembre.
B
Cremades y Asociados
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